Horario de apertura
El horario puede variar - cambiado hace un tiempo
domingo | Cerrado |
lunes | 10:00 - 13:00 |
martes | 13:00 - 16:00 |
miércoles | 10:00 - 13:00 |
jueves | 10:00 - 13:00 |
viernes | 10:00 - 13:00 |
sábado | Cerrado |
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Descripción
Los objetivos de la política exterior del Gobierno de la República de Croacia son relacionados estrechamente con el programa complejo de reformas internas, con las cuales se asegurará el desarrollo económico, la reorganización de la administración pública y la implementación completa de todos los estandares democráticos europeos, es decir el Gobierno de Derecho, garantías sólidas de libertades civiles y religiosas, igualdad total de todos nuestros ciudadanos y el derecho de cada individual a oportunidades de vida iguales.
Horario de la Embajada:
de lunes a viernes de 9, 00 a 17, 00 horas
Atención al público de la Oficina Consular:
lunes, miércoles y jueves de 10, 00 a 13, 00 horas
martes de 13, 00 a 16, 00
(excepto días festivos)
Para estancias de hasta 90 días en Croacia y para los ciudadanos de la Comunidad Europea, y por lo tanto de España, no se requiere visado. Es suficiente con un pasaporte válido o DNI en vigor, en caso de ser mayor de edad. Los ciudadanos españoles menores de edad tienen que entrar en Croacia con el pasaporte en vigor.El visado es una autorización de entrada, estancia o tránsito a través del territorio de la República de Croacia.
Los nacionales extranjeros deben obtener el visado antes de entrar en la República de Croacia acorde al Régimen de Visados fijado por el Gobierno de la República de Croacia.
Los visados se expiden principalmente en las Misiones Diplomáticas y/u Oficinas Consulares de la República de Croacia. El visado no autoriza a trabajar en el territorio de la República de Croacia.VISADO DE TRANSITO AEREOPORTUARIO:
Básicamente, un extranjero que durante el transito por un aeropuerto de la República de Croacia no abandona la zona internacional o el avión, no necesita visado. En casos excepcionales, el Gobierno de la República de Croacia puede determinar que los nacionales de ciertos países o los viajeros en ciertos destinos necesiten visado de tránsito aeroportuario. Este se otorga al solicitante por uno, dos o mas tránsitos por la zona internacional del aeropuerto y tiene una validez máxima de tres (3) meses.
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