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Alerta de emergencia
Descripción
La Agencia Tributaria tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones públicas nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio.
Por tanto, corresponde a la Agencia Tributaria aplicar el sistema tributario de tal forma que se cumpla el principio constitucional en virtud del cual todos han de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica. No obstante, no tiene competencias para la elaboración y aprobación de normas tributarias ni, en la vertiente del gasto público, para asignar los recursos públicos entre las diversas finalidades.
L’ATIB constitueix l’Administració tributària de les Illes Balears i es configura com un ens públic de caràcter estatutari amb personalitat jurídica pròpia i plena capacitat d’actuar per organitzar i exercir les seves funcions.
- Agencia Tributaria
- Impuestos y tasas
- Aduanas
- Censos, NIF y domicilio fiscal
- Certificaciones
- Recaudación
- Beneficios fiscales y autorizaciones
- Comprobaciones fiscales y procedimiento sancionador
- Requerimientos y comunicaciones
- Recursos, reclamaciones, otros procedimientos de revisión y suspensiones
- Procedimientos no tributarios
- Administraciones Públicas
- Colaboración Social
- Apoderamiento
- Cotejo de documentos
- Pago de impuestos
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